El plazo para obtener el permiso de trabajo temporal para migrantes con arraigo en Costa Rica, vence el próximo 22 de septiembre
Alonso Mejía- LNP. El Gobierno de Costa Rica puso en vigencia el 22 de junio pasado un decreto para otorgar permisos temporales de trabajo a los migrantes que laboran en el sector agropecuario, de la agroexportación y la agroindustria, y que demuestren permanencia en el país. El plazo para acogerse a este decreto vence el próximo 22 de septiembre. Por la importancia del mismo, La Nueva Prensa entrevistó a Quxabel Cárdenas, experta en temas migratorios y coordinadora de la Asociación Enlaces Nicaragüenses, quien nos detalla los alcances de la medida, cuál es la ruta para obtener el permiso laboral, y qué beneficios otorga a las trabajadoras y trabajadores migrantes, que son mano de obra vital en estos importantes rubros de la economía costarricense.
LNP: ¿Quiénes son los grandes actores de este decreto?
Q.C: Los grandes actores son la Dirección General de Migración y Extranjería, el Ministerio de Agricultura y Ganadería, los consulados de los países de origen de los trabajadores migrantes. Además de los empleadores, las cámaras agropecuarias, de agroexpoexportación y la agroindustria, así como los mismos trabajadores agrícolas, ya sean con patrono o independiente.
El decreto define en su artículo 18 que se emite para garantizar la mano de obra regularizada para sostener el tejido productivo del sector. Esto nos deja ver que se necesita la mano de obra extranjera para levantar la producción, en particular y mayoritariamente, la mano de obra nicaragüense. O sea, se estabiliza la mano de obra y se regulariza este mercado laboral.
Hay que apuntar que la regularización viene a fortalecer el respeto a los derechos laborales de los trabajadores agrícolas, y garantiza a la vez el ciclo de producción y de … del empleador, quien mantendría documentados a sus empleados, evitándose multas innecesarias.
¿A qué trabajadores cubre el decreto?
A migrantes indocumentados que laboran en el sector del agro y que están en el país desde el 15 de enero del 2016 hasta el 15 de enero del 2020.
Lo importante de este decreto es que es más amplio que el de 2019, incluso más que los permisos laborales ordinarios. Porque no sólo cubre a las grandes empresas, sino que también a un pequeño productor de cebolla o un pequeño ganadero que quiera regularizar a sus cinco trabajadores, por ejemplo. O en el sector agroindustrial a las personas que están trabajando en las estibas o en el proceso de empaque de los productos agrícolas.
Pero también incluye a un sector que ha sido invisibilizado, el de los trabajadores independientes, como es el caso de un fumigador de control de plagas que es contratado por una empresa. Es decir, que este tipo de trabajadores, si están indocumentados, ahora pueden acceder a este permiso especial de trabajo temporal.
Es importante señalar que no es necesario ir al país de origen para la papelería. Para obtenerlos algunos se hacen en el Consulado del país de origen y para validarlos en Cancillería de Costa Rica.
¿Qué ventajas tiene el decreto?
Se flexibilizaron los trámites, el procedimiento y los costos sustancialmente. Muy importante es considerar los costos. Porque para obtener un permiso laboral por la vía ordinaria, los costos son elevadísimos (unos $600). En cambio, por medio del decreto el costo es de apenas $60.
Pero debemos señalar que esta regularización sólo es para las personas que cumplen los requisitos. No es un llamado a trabajadores desde Nicaragua. Las fronteras están cerradas debido al Covid-19.
¿Qué es lo más apremiante en estos momentos?
La tarea es aprovechar la flexibilidad de este decreto y pedir cuanto antes la cita llamando al número 13-11 de Migración, y pasar la voz a empleadores a que nos acompañen en el proceso.
A la Coalición de Mujeres Migrantes contra el Covid-19, integrada por la Asociación Enlaces Nicaragüenses, la Red de Mujeres Migrantes y la Asociación de Empleadas Domésticas de Costa Rica (ASTRADOMES), nos preocupa que la información del decreto no está llegando a nuestra población migrante. La información es escasa o esporádica en los medios de comunicación. En vista de ello hemos iniciado una campaña masiva de información en alianza con La Nueva Prensa y el Centro de Comunicación para el Desarrollo Humano (COPADEH), a través de nuestros sitios webs y redes sociales.
Las mujeres tenemos la responsabilidad de decirles a nuestros maridos que acudan y aprovechen este momento. Muchas mujeres trabajan en las cosechas de flores, de melón, de sandías, de piña y otros rubros como empresas empacadoras o de agroexportación.
REQUISITOS
Cárdenas afirmó recientemente en un webinar sobre el tema, que el espíritu de este decreto es asegurar el ciclo agrícola ante la situación de emergencia que se vive debido al Covid-19, regularizando a los trabajadores extranjeros que trabajan en estos sectores.
Sobre los requisitos dijo que cualquier documento que identifique como ciudadano nicaragüense o de otra nacionalidad sirve, aunque estén vencidos: cédula o comprobante de cédula de identidad, certificado de nacimiento, pasaporte ordinario o provisional aunque tenga la visa vencida, licencia de conducir. Incluso de no tener el record policial del país de origen, una declaración jurada de los mismos, ya que el Ministerio de Gobernación y Migración se encargarán de confirmar que no se tiene antecedentes penales.
Otros documentos que demuestren el arraigo o permanencia en el Costa Rica desde el 15 de enero de 2016 puede ser el certificado de nacimiento de un hijo, una cita médica, o cualquier otro documento de alguna institución pública.
“Es una ventaja para aquellas personas que no cuentan con ningún tipo de vínculo familiar. Al hablar de permiso temporal de trabajo no significa que este permiso se acaba en un año, porque al concluir el periodo se puede renovar el mismo”, dijo Cárdenas.
POSIBILIDAD DE RESIDENCIA
“La ley nos dice que cuando las autoridades administrativas dan una condición de regularización migratoria, ese derecho se puede extender. ¿Qué significa esto? Que en determinado momento yo podría optar a una condición de residente permanente, y de mantenerlo en el tiempo, conseguir la naturalización como ciudadano costarricense en un futuro”, señaló en el mismo webinar Allan Dávila, abogado experto en trámites migratorios.
El decreto 42406-MAG-MGP está dirigido a quienes comprueben que ingresaron al país entre el 15 de enero del 2016 y el 15 de enero del 2020. Para aplicar se debe presentar una declaración jurada del patrono que demuestre que tienen un contrato o una oferta de trabajo; los trabajadores por cuenta propia deben tener una certificación del MAG; no tener antecedentes penales en su país de origen ni en Costa Rica; y pagar $60.






